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Incineración y entierro de mascotas en España: qué dice la ley y cuánto cuesta

La baja del microchip, la diferencia entre incineración y entierro según la normativa europea y española, y los precios públicos que hemos encontrado, con lo que no hemos podido verificar.

Huellas de perro en la arena
Foto: Glen Bowman, Dog paw prints in the sand - Lagos - The Algarve, Portugal, CC BY 2.0, vía Wikimedia Commons (recortada y reducida).
En este artículo
  1. Qué exige la ley
  2. Incineración o entierro
  3. Si tu mascota lleva microchip
  4. La eutanasia: qué dice la ley y qué cuesta
  5. Cuánto cuesta incinerar
  6. Preguntas frecuentes
  7. Fuentes y fecha de consulta
Respuesta rápida En España, la baja en el registro de un animal con microchip exige un documento que acredite que una empresa reconocida oficialmente lo incineró o enterró (Ley 7/2023, art. 26). La normativa europea clasifica los cuerpos de animales de compañía como material de categoría 1, que se elimina por incineración; el entierro solo puede autorizarlo la autoridad competente. No hay un baremo público general: cada ayuntamiento fija el suyo, si presta el servicio. Tres ejemplos de tres ayuntamientos concretos, que no valen como precio de otra zona: Dos Hermanas (Sevilla), 125 € por un animal pequeño (2026); Alcorcón (Madrid), de 14,54 a 78,20 € según el peso (ordenanza de 2015); y el cementerio municipal de Málaga, de 40 € la colectiva a 210 € la individual, sin IVA (2025). Una guía comercial, con precios orientativos, da para un gato de 60 a 120 € (colectiva) y de 150 a 300 € (individual). Pide siempre presupuesto por escrito.

Perder a un animal es difícil, y además toca resolver papeles. Esto es lo que dice la ley y lo que cuesta, con las fuentes, para que no tengas que averiguarlo en mal momento. No son consejos médicos ni jurídicos; es información general.

Antes de seguir Esta guía informa; no sustituye a tu veterinario ni a un asesor jurídico. Lo que está permitido y cómo se tramita depende de tu comunidad autónoma y de tu ayuntamiento. Los consejos prácticos nuestros que no vienen de ninguna fuente van marcados como tales.

Qué exige la ley

  • Microchip obligatorio. La Ley 7/2023 (art. 51) obliga a identificar con microchip a perros, gatos y hurones, e inscribirlos en el registro de animales de compañía de la comunidad autónoma. La ley entró en vigor a los seis meses de su publicación en el BOE.
  • Comunicar la retirada del cadáver. Entre las obligaciones del art. 26 figura comunicar a la administración competente y al titular la retirada del cadáver de un animal de compañía identificado.
  • Documento de incineración o entierro. La baja por muerte «deberá ir acompañada del documento que acredite que fue incinerado o enterrado por una empresa reconocida oficialmente», con el número de identificación del animal y el nombre y apellidos de su responsable, o con constancia en las bases de datos de la empresa. Si no se puede recuperar el cadáver, hay que documentarlo.
  • Prohibido eliminarlo sin comprobar el chip. El art. 27 prohíbe eliminar cadáveres de animales de compañía sin comprobar su identificación cuando es obligatoria.

La propia ley deja parte del desarrollo para normas posteriores y para las comunidades autónomas. Pregunta a tu clínica cómo se tramita en tu comunidad.

Incineración o entierro

La normativa que regula los subproductos animales es europea y se aplica en España con un real decreto:

  • El Reglamento (CE) 1069/2009 incluye en el material de categoría 1 a los animales que no son de granja ni salvajes, «incluidos, en particular, los animales de compañía». Ese material se elimina como residuo mediante incineración (arts. 8 y 12).
  • El mismo reglamento (art. 19) añade que la autoridad competente podrá autorizar el entierro de animales de compañía y équidos muertos. El Real Decreto 1528/2012 (art. 16) lo recoge igual para España.

Es decir, el entierro no es un derecho general: depende de lo que autorice la autoridad de tu zona. Consejo práctico nuestro: antes de enterrar a tu mascota en un terreno, pregunta a tu ayuntamiento o a tu clínica veterinaria.

Si tu mascota lleva microchip

Para dar de baja el chip necesitarás el documento de la empresa que la incinere o la entierre, con el número de chip y tus datos. Consejo práctico nuestro, no de las fuentes: al contratar el servicio, pregunta si incluye ese certificado y a nombre de quién se emite, y lleva a mano el número del chip.

La ley obliga a identificar con microchip a perros, gatos y hurones. Tienes el precio y el trámite del chip en la guía del microchip y el registro de mascotas.

La eutanasia: qué dice la ley y qué cuesta

La Ley 7/2023 (art. 27) limita la eutanasia: solo está justificada «bajo criterio y control veterinario» para evitar un sufrimiento por causas no recuperables que comprometa seriamente la calidad de vida del animal, y la hace personal veterinario colegiado o de una administración pública. Es una decisión que se toma con el veterinario que conoce al animal.

FuenteQué incluyePrecio
Hospital Veterinario de la Universidad de Zaragoza (2026)Eutanasia con sedación, menos de 10 kg70 €
Zaragoza (2026)10 a 24 kg / 25 a 45 kg / más de 45 kg100 € / 125 € / 150 €
Mascota y Salud (2026)Eutanasia, sin recogida48,46 €

El precio de la eutanasia no incluye la incineración, que se contrata aparte.

Cuánto cuesta incinerar

No hay un baremo público general de incineración de mascotas. Cada ayuntamiento fija el suyo, y no todos prestan el servicio. Hemos encontrado tres tarifas públicas, de tres servicios distintos. Son ejemplos de lo que se publica, no un precio medio ni lo que pagarás tú:

AyuntamientoQué esImporteDocumento y fecha
Dos Hermanas (Sevilla)Tasa por «incineración de animal pequeño». No dice si es individual o colectiva ni hasta qué peso125 €Ordenanzas fiscales de 2026, tasa por recogida de animales (apartado f): ordenanzas de 2026
Málaga, cementerio municipal de animales «El Parque» (Parcemasa)Incineración colectiva hasta 30 kg / de más de 30 kg. Individual con urna tipo 1 y con urna tipo 2, en los mismos tramos de peso40 € / 60 €. Individual: 170 € / 190 € (urna 1) y 190 € / 210 € (urna 2). Sin IVANota de prensa del Ayuntamiento de 24/06/2025, que dice que las tarifas se mantienen desde la apertura (24/06/2024): nota de 2025
Alcorcón (Madrid)Tasa del centro municipal de recogida de animales, «enterramiento o incineración» por servicio, aparte de la eutanasia y de la recogida a domicilio. No dice si es individual ni si se devuelven las cenizasHasta 5 kg: 14,54 €. De 5 a 20 kg: 24,45 €. De 20 a 75 kg: 34,22 €. Más de 75 kg: 78,20 €Ordenanza fiscal nº 12, publicada en el BOCM de 28/12/2015, en vigor desde el 01/01/2016: ordenanza nº 12

Cada fila es la tarifa de un ayuntamiento concreto, en la fecha indicada y con el enlace al documento. Los precios varían según el municipio y la provincia, el servicio (colectiva o individual, con o sin urna, con o sin recogida) y el peso del animal: no los tomes como el precio de tu zona. Cómo leerlas: no son comparables fila a fila. Alcorcón cobra una tasa por un servicio del centro municipal, con un texto de 2015 que su portal aloja entre las ordenanzas de 2026 y que no hemos visto modificado; Málaga ofrece un cementerio con urnas y cenizas y suma el IVA aparte; y Dos Hermanas no precisa qué incluye. Si tu ayuntamiento no ofrece el servicio, lo contratas con una empresa. Las empresas fijan sus propios precios y los publican, o los dan por presupuesto. Precios orientativos y comerciales, no oficiales: una guía de un intermediario del sector (PerErnidad, actualizada el 10/10/2026) da estos rangos para 2026:

ServicioPrecio orientativo (comercial)
Gato, cremación colectiva (sin cenizas)60 – 120 €
Gato, cremación individual (con cenizas)150 – 300 €
Perro mediano (10-30 kg), colectiva70 – 120 €
Perro mediano (10-30 kg), individual180 – 250 €
Recogida a domicilio (suplemento)0 – 80 €, según la zona

Tómalo con cautela: es un intermediario que pone en contacto con crematorios, no una tarifa oficial, y la propia guía advierte de que pueden variar según proveedor, zona y servicios. Qué mirar al pedir presupuesto: si es colectiva o individual, si incluye la recogida, la urna y el certificado, y si el precio lleva IVA. Si tienes seguro, comprueba si cubre estos gastos en qué cubre un seguro de mascotas. El gasto de cuidar a un animal durante toda su vida lo tienes en cuánto cuesta un perro al año y cuánto cuesta un gato al año.

Preguntas frecuentes

¿Es obligatorio incinerar a una mascota fallecida?

La normativa europea trata el cuerpo de un animal de compañía como material de categoría 1, que se elimina por incineración. El entierro solo lo puede autorizar la autoridad competente. Qué se permite en tu zona lo decide tu comunidad o tu ayuntamiento, así que consúltalo antes de enterrarlo.

¿Puedo enterrar a mi mascota en el jardín?

No hay una norma estatal que lo permita sin más: el Reglamento (CE) 1069/2009 y el Real Decreto 1528/2012 dicen que la autoridad competente podrá autorizar el entierro de animales de compañía. Pregunta a tu clínica veterinaria o a tu ayuntamiento qué se autoriza donde vives.

¿Qué documento necesito para dar de baja a una mascota con chip?

La Ley 7/2023 pide que la baja por muerte vaya acompañada del documento que acredite que el animal fue incinerado o enterrado por una empresa reconocida oficialmente, con el número de identificación del animal y el nombre y apellidos de su responsable. Es una exigencia de la ley para los animales identificados.

¿Se pueden recuperar las cenizas?

Según una guía de un intermediario del sector, solo en la cremación individual; en la colectiva no se devuelven. Confirma con la empresa qué incluye su servicio.

¿Cuánto cuesta la eutanasia de un perro o un gato?

Hay tarifas públicas: el Hospital Veterinario de la Universidad de Zaragoza cobra de 70 a 150 € en 2026, con sedación incluida y según el peso, y Mascota y Salud, 48,46 € sin recogida. La ley la limita a los casos en que evita un sufrimiento sin posibilidad de recuperación y la hace un veterinario colegiado.

¿Cuánto cuesta incinerar a un gato?

No hay una tarifa pública general. Tres ayuntamientos publican la suya: Dos Hermanas, 125 € por la incineración de un animal pequeño (2026); Alcorcón (Madrid), 14,54 € hasta 5 kg y 24,45 € hasta 20 kg (ordenanza de 2015); y el cementerio municipal de Málaga, 40 € la incineración colectiva y de 170 a 210 € la individual, sin IVA (2025). Son ejemplos de municipios concretos: el precio de tu zona puede ser otro. Una guía comercial de un intermediario del sector da de 60 a 120 € en cremación colectiva y de 150 a 300 € en individual para un gato, y recuerda que son precios orientativos. Pide un presupuesto por escrito.

Fuentes y fecha de consulta

Consultadas el 17/10/2026; las tarifas de los ayuntamientos y la guía comercial, el 19/10/2026. Hemos leído los artículos citados de la ley y de los reglamentos, y las listas de precios completas.

Qué hemos dejado fuera: una nota de prensa local con tarifas de una funeraria de Mallorca que no hemos podido comprobar; la tasa del centro municipal de animales de Cartagena (solo hemos podido leer versiones de 2006 a 2014 de su ordenanza, que no sabemos si siguen vigentes); la tarifa de Córdoba de 2025 para el sacrificio humanitario de perros y gatos, que incluye el tratamiento en planta incineradora y no es una incineración suelta; el servicio público de cremación que Barcelona anunció en 2023, del que no hemos encontrado una tarifa oficial; y cualquier norma autonómica o municipal sobre cementerios de animales, que no hemos revisado.

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