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¿Es obligatorio el seguro para perros? Lo que dice la Ley 7/2023 (y lo que no)

La Ley de Bienestar Animal obliga a asegurar a todos los perros, pero la cuantía mínima sigue pendiente de reglamento. Te explicamos el estado real de la norma en 2026.

Una persona pasea a su perro atado con correa por un camino arbolado
Foto: Wikimedia Commons, CC BY-SA 4.0.
En este artículo
  1. Qué dice exactamente la ley
  2. Entonces, ¿es obligatorio ya o no?
  3. Las sanciones que se manejan
  4. Las otras obligaciones de la ley que sí están plenamente operativas
  5. Qué hacer con esta información
  6. ¿Me sirve el seguro del hogar?
  7. Preguntas frecuentes
  8. Fuentes

Cada pocos meses circula un titular diciendo que ya es obligatorio asegurar a tu perro y que te pueden multar con 50.000 €. Y cada pocos meses medio internet se pone nervioso.

La realidad tiene más matices, y merece la pena entenderla bien, porque hay una parte que es rigurosamente cierta y otra que se ha contado fatal.

Qué dice exactamente la ley

La Ley 7/2023, de 28 de marzo, de protección de los derechos y el bienestar de los animales entró en vigor el 29 de septiembre de 2023. Entre las obligaciones que impone a quien convive con un perro está la de contratar y mantener en vigor un seguro de responsabilidad civil por daños a terceros durante toda la vida del animal.

Ojo al detalle que lo cambia todo: ya no habla solo de perros potencialmente peligrosos. Antes de esta ley, el seguro obligatorio afectaba a las razas catalogadas como PPP. Ahora la obligación se extiende, sobre el papel, a todos los perros: tu galgo, tu mestizo y tu caniche incluidos.

Entonces, ¿es obligatorio ya o no?

Aquí es donde hay que ser precisos, porque los titulares se han comido el matiz.

La obligación existe en la ley. Está escrita, la norma está vigente y no ha sido derogada.

Pero su aplicación práctica sigue pendiente de desarrollo reglamentario. La propia ley remite a un reglamento posterior para fijar la cuantía mínima del capital asegurado y los aspectos operativos: cómo se acredita, quién lo comprueba, cómo se sanciona en la práctica. Ese reglamento se ha ido tramitando sin que se cerrara la cifra.

El resultado es un limbo bastante incómodo: la obligación está publicada en el BOE, pero no hay un importe mínimo oficial ni un mecanismo homogéneo de control, y las comunidades autónomas —que tienen competencias en protección animal— lo están aplicando a distinta velocidad.

La traducción práctica: nadie te va a parar por la calle a pedirte la póliza del perro hoy. Pero si tu perro muerde a alguien o provoca un accidente, no tener seguro te deja expuesto en dos frentes a la vez: el civil (pagas tú los daños, íntegros) y el administrativo (incumplimiento de la ley).

Las sanciones que se manejan

El régimen sancionador de la Ley 7/2023 tiene tres tramos:

Tipo de infracciónMulta
Leve500 – 10.000 €
Grave10.001 – 50.000 €
Muy grave50.001 – 200.000 €

Los titulares que citan cifras de cinco dígitos suelen coger el tramo alto y aplicarlo al seguro, que es donde la cosa se exagera. Las cifras del tramo muy grave están pensadas para maltrato, abandono en circunstancias graves o sacrificio no justificado, no para un dueño responsable sin póliza.

Las otras obligaciones de la ley que sí están plenamente operativas

Como esta parte se cuenta menos y afecta a más gente, conviene repasarla:

  • Identificación obligatoria con microchip para perros, gatos y hurones. En vigor y perfectamente exigible. Con registro incluido, cuesta entre 33 y 55 € según Petplan (2026); Santévet da 30-50 €.
  • Prohibición de dejar solo a un perro más de 24 horas. En vigor.
  • Esterilización quirúrgica de todos los gatos antes de los seis meses de edad, salvo los inscritos como reproductores a nombre de un criador registrado (artículo 26 de la ley).
  • Prohibición del sacrificio de animales de compañía salvo por razones veterinarias justificadas.
  • Curso de formación para tenencia de perros, gratuito y sin caducidad. También pendiente de desarrollo reglamentario.

Qué hacer con esta información

Mi lectura, sin dramatismo: contrata la responsabilidad civil y olvídate del debate reglamentario. Y no por miedo a la multa, sino por una razón mucho más prosaica.

No hemos encontrado una tarifa publicada de un seguro de responsabilidad civil solo para perros, así que no damos un precio: pide presupuesto a tu aseguradora del hogar y a las especializadas. Lo que cubre sí está claro: que tu perro se cruce delante de un coche y provoque un accidente, o que muerda a un ciclista, o que un vecino se caiga esquivándolo. Reclamaciones de este tipo se van con facilidad a varios miles de euros, y en caso de lesiones a personas, a bastante más.

Con la responsabilidad civil tapas el único escenario en el que tener perro puede arruinarte de verdad. La discusión de si el reglamento está o no aprobado es, francamente, secundaria.

¿Me sirve el seguro del hogar?

A veces sí, y mucha gente no lo sabe. Bastantes pólizas de hogar incluyen la responsabilidad civil de los animales domésticos del asegurado, con capitales que pueden ser suficientes.

Antes de contratar nada, llama a tu compañía de hogar y pregunta dos cosas concretas: si tu perro está incluido y con qué capital. Si la respuesta es sí y el capital es razonable (100.000 € o más), puede que ya estés cubierto para la parte obligatoria. Pídelo por escrito.

Lo que ese seguro no cubre es la salud de tu perro: si se pone enfermo, la factura del veterinario es tuya. Eso es otro producto distinto —el seguro veterinario, opcional— y antes de contratarlo conviene hacer números: te explicamos cuándo compensa de verdad en ¿merece la pena un seguro para perros?, y comparamos precios reales en la comparativa de seguros para perro de 2026.

La otra obligación de la ley, el microchip, con su precio y su registro, está en microchip para perros y gatos: precio y registro.

Preguntas frecuentes

¿Qué capital mínimo debo contratar?

No hay cifra oficial mientras no se apruebe el reglamento: la ley habla de «un importe de cuantía suficiente» que se fijará reglamentariamente (artículo 30). Como referencia, Barkibu anuncia en su web hasta 200.000 € de responsabilidad civil y Santévet publica 200.000 € por siniestro y por víctima en su nota informativa. Y para los perros potencialmente peligrosos, el Real Decreto 287/2002 ya exige un seguro de responsabilidad civil con una cobertura no inferior a 120.000 €, una referencia razonable como suelo.

¿Afecta también a los gatos?

La obligación de seguro de responsabilidad civil se refiere a los perros. A los gatos les aplican otras obligaciones de la ley, como la identificación y la esterilización si tienen acceso al exterior.

¿Y si mi perro es PPP?

Para perros potencialmente peligrosos el seguro de responsabilidad civil ya era obligatorio antes de esta ley, junto con la licencia administrativa y el certificado de aptitud psicológica. Ahí no hay ninguna ambigüedad: es exigible y te lo pueden pedir.

¿Vale cualquier seguro de mascota?

Tiene que incluir expresamente la cobertura de responsabilidad civil frente a terceros. Muchas pólizas veterinarias la incorporan, pero no todas: comprueba que aparece en tus condiciones particulares con un capital concreto.


Este artículo resume el estado de la normativa a fecha de publicación en 2026 y tiene carácter divulgativo. No es asesoramiento jurídico. La regulación autonómica puede añadir requisitos adicionales, y el desarrollo reglamentario estatal puede modificar lo aquí descrito: consulta la normativa vigente de tu comunidad autónoma o a un profesional antes de tomar decisiones.

Fuentes

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